Puedo comprar próximamente cuando entre en vigor la nueva ley de venta y a continuación hacerme residente, pensaríamos establecernos mi esposa y yo (pensionados).
Un cordial saludo

Félix Martin Sacristán

Las personas autorizadas a la compra de una vivienda en Cuba son los ciudadanos cubanos residentes en el país, los ciudadanos cubanos que tiene autorizada la Residencia en el Exterior o permiso de salida indefinido, o los ciudadanos extranjeros que tiene autorizada la Residencia Permanente en el país por la autoridades migratorias cubanas quienes tienen los mismos derechos y deberes civiles que los ciudadanos cubanos, a tenor de lo dispuesto en el artículo 11 del Código Civil, según lo establecido en el articulo No. 2 del Decreto-Ley No. 288 de fecha 28 de octubre del 2011 modificativo de la Ley No. 65 Ley General de la Vivienda, de fecha 23 de diciembre de 1988 Por lo que en su caso debe solicitar primero la residencia permanente en el país, si es un cubano que emigro debe solicitar la misma a través de la Oficinas Consulares de Cuba en el país de su residencia.